Exhumaciones familiares
Las exhumaciones de los restos óseos se realizan al cabo del cumplimiento de tiempo mínimo establecido por la Secretaría de Salud:
- Cuatro años para adultos.
- Tres años para niños (menores de 7 años).
Los requisitos para el procedimiento son:
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El firmante del Contrato de arrendamiento de bóveda, o un familiar de primer grado de consanguinidad con el fallecido, debe presentarse a la oficina de administración, diez días antes del vencimiento del contrato, junto con su documento de identidad y una copia del Contrato.
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Para los casos de muerte con causa violenta o en estudio, se debe solicitar carta dirigida a Fiscalía, realizar la gestión correspondiente y presentar la respuesta inmediatamente a la oficina de administración.
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Cancelar los derechos de exhumación y/o cremación en la administración (o presentar la documentación correspondiente de Capillas de la Fe en los casos en los que aplique) y solicitar la carta dirigida a Secretaría de salud.
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Solicitar la licencia de exhumación a la Secretaría de Salud a través de la página web https://tramitesenlinea.saludcapital.gov.co/
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Presentar la licencia de exhumación a la oficina de administración.
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Recibir la programación de acuerdo con la asignación por la administración.
Nota: Se debe contar con el paz y salvo correspondiente al tiempo de arrendamiento de bóveda adicional al estipulado en el Contrato.
Para el día de la exhumación se debe tener en cuenta:
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Todos los asistentes deben presentarse a la hora indicada y tener disponibilidad de tiempo hasta el mediodía.
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Los familiares que ingresan no deben superar las 4 personas.
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No se permite el ingreso de motos, bicicletas, alimentos, bebidas o mascotas.
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No se permite hacer registro fotográfico.
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No se permite el ingreso de menores de edad.
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Todos los asistentes deben utilizar tapabocas.